La Unidad de Garantías Penales de Ibarra dictó prisión preventiva a Antony B., que será investigado por ese delito, que tiene una pena privativa de libertad de diez a trece años
Antony B. permanecerá en prisión preventiva por la supuesta participación en el delito de pornografía infantil con utilización de niños, niñas y adolescentes.
La Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada, Transnacional e Internacional (Fedoti N° 7), de Pichincha, presentó los elementos con los que en la audiencia de formulación de cargos, desarrollada en la Unidad Judicial de Garantías Penales de Ibarra, se dictó la orden de detención.
El caso empezó a indagarse desde agosto de 2024, luego de que la Oficina de Investigaciones del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (HSI), a través del Centro Nacional para Niños Desaparecidos y Explotados (NCMEC, por sus siglas en inglés) emitieran la alerta internacional.
El informe reveló que Antony B. habría descargado, almacenado y compartido material de abuso sexual infantil, por medio de correos electrónicos. “Se tratan de representaciones de desnudos y semidesnudos, reales o simulados, en actitud sexual”, describe la Fiscalía.
Dentro de las investigaciones se ejecutó el análisis especializado para rastrear la dirección IP y el domicilio, además de la vigilancia y seguimiento. Por eso, la Fiscalía efectuó un operativo que incluyó el allanamiento a una vivienda, situada en el norte de Ibarra.

En el inmueble fue hallado Antony B., alias ‘Tony’, y un ordenador portátil en el que se habrían identificado los correos electrónicos detectados en la alerta internacional, de donde se habrían descargado el material clasificado como ilícitos.
La Fiscalía expuso en la audiencia una pericia informática en que se realizó a los reportes de la alerta NCMEC, un reporte de vigilancia y seguimiento, los reportes del proveedor del servicio de Internet y un acta con los indicios levantados en el allanamiento.
El proceso de instrucción fiscal durará noventa días. El delito de comercialización de pornografías con utilización de niños, niñas y adolescentes se sanciona con una pena privativa de libertad de diez a trece años para quien “publicite, compre, posea, porte, transmita, descargue, almacene, importe, exporte o venda, por cualquier medio, para uso personal o para intercambio, pornografía de niños, niñas y adolescentes”.
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