El 13 de marzo vence el plazo para que el Municipio de Otavalo y Emapao presenten resultados sobre la mejora de la calidad del agua del río Tejar, en cumplimiento de sentencia constitucional.
El 13 de marzo vence el plazo para que el Municipio de Otavalo y la Empresa Pública Municipal de Agua Potable y Alcantarillado (Emapao) entreguen los resultados sobre la mejora de la calidad del agua del río Tejar.
En el caso del lago San Pablo, están a la espera de la hoja de ruta que sea levantada con la comunidad por parte de las autoridades de este cantón imbabureño, ya que actualmente no existe apertura del caso.
Estas acciones se realizan en seguimiento de las dos sentencias en materia constitucional en las que jueces ratificaron al río Tejar y al lago San Pablo, en Otavalo, como sujetos de derechos de la naturaleza.
Franklin Hermosa, activista social y ambiental, señaló que los derechos de estos cuerpos hídricos han sido vulnerados por la falta de gestión en el manejo de las aguas residuales por parte de las dos instituciones locales.
De acuerdo con Hermosa, esos fallos se encuentran en firme y en proceso de ejecución.
En el caso del río Tejar, se cumple un año desde que, en segunda instancia, la Corte Provincial de Justicia falló declarando la vulneración de los derechos de la naturaleza. El 27 de noviembre de 2024, un juez constitucional dictó, en primera instancia, sentencia a favor del río.

El activista dijo que, en el caso del Tejar, fue terrible escuchar a las autoridades negar la contaminación, cuando se han detectado niveles elevados de coliformes fecales e incluso metilmercurio en las aguas que atraviesan el casco urbano.
Así lo determina un estudio desarrollado en un proyecto de vinculación con la sociedad de la Universidad Central del Ecuador.
Sobre el río Tejar se establecieron dos parámetros temporales: el primero vence el 13 de marzo y el segundo fija un plazo de tres años para el tratamiento de las descargas de aguas residuales que se liberan al río. Hermosa aseguró que uno de los sitios más complejos es el sector del puente de El Batán, diagonal al Mercado 24 de Mayo, donde había descargas directas al riachuelo.
Las instituciones otavaleñas deberán presentar al juez documentación y respaldos que evidencien mejoría en la calidad del agua del río Tejar, con análisis realizados en laboratorios acreditados.
En el caso del lago San Pablo, un fallo judicial del 8 de julio de 2025 determinó que tanto el Municipio como Emapao vulneraron los derechos de la naturaleza.
Existe una gran cantidad de materia orgánica producto de las aguas residuales y presencia de cianobacterias. Según el jurista, estudios realizados en Argentina y Chile indican que estas podrían estar vinculadas con el cáncer de estómago y hepático.

Por ello, una de las primeras acciones es el mantenimiento de las 14 plantas de tratamiento instaladas en torno al complejo lacustre.
Los integrantes del Colectivo Unidos por la Pachamama y de la comunidad Pucará de Velásquez presentaron la demanda de Acción de Protección, ya que esas plantas no estaban funcionando, por lo que las aguas residuales ingresaban y salían en las mismas condiciones.
El colectivo realiza la veeduría y el seguimiento a esas sentencias judiciales, por lo que la justicia constitucional podría, en caso de incumplimiento, imponer las multas respectivas.

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