El Municipio de Ibarra implementará el cobro de la tasa de recolección de basura a través del impuesto predial, con tarifas diferenciadas según el valor del predio y un esquema progresivo para reducir el subsidio en los próximos años.

En el cantón Ibarra, provincia de Imbabura, el cobro de la tasa de recolección de basura se realizará a través del Impuesto Predial. Esta se calculará de acuerdo con el valor de cada propiedad, y los valores se emitirán desde este mes, a la espera de la notificación del Registro Oficial.
Diego Villalba, director de Gestión Ambiental, indicó que los contribuyentes podrán realizar el pago de forma mensual o anual.
Los contribuyentes también deberán cancelar los rubros correspondientes a enero y febrero de este año, debido al proceso de análisis y aprobación de la respectiva ordenanza.
El Gobierno Nacional decidió que esta tasa deje de recaudarse a partir de este año a través de las planillas eléctricas, práctica que se mantuvo durante cerca de tres décadas.
Los municipios fueron notificados en octubre; sin embargo, aquellos gobiernos locales que no contaban con la documentación en regla dejaron de cobrar desde ese mismo mes. Para quienes cumplían con este requisito, el cobro se extendió hasta diciembre.
En la gestión integral de desechos sólidos del cantón se invierten 6,78 millones de dólares. Para este año se prevé la reducción del subsidio en un 50%, es decir, se espera recaudar una cifra superior a los 3 millones de dólares. Mientras tanto, en 2027 el cobro subirá al 63,3%; en 2028, al 83%; y en 2029 se alcanzará el 100% de la tarifa.
Con el sistema anterior existían, aseguró Villalba, 30.000 usuarios, en su mayoría del sector comercial, que pagaban menos de un dólar mensual. Con ese esquema se recaudaban 1,4 millones de dólares.
Un equipo municipal, encabezado por el alcalde Álvaro Castillo, trabajó en la definición de una fórmula que permita reducir el subsidio que aporta la municipalidad en esta área.
Villalba señaló que se aplicó una metodología basada en criterios como “quien más consume, más paga”, para establecer el mecanismo de cobro. Explicó que el cálculo considera factores como el valor del predio, las actividades económicas —comerciales e industriales— y los predios sin edificación.

Según Villalba, en la ordenanza aprobada por el Concejo Municipal de Ibarra se establecieron grupos tarifarios: urbano, rural, comercial —con categorías baja, media, alta, muy alta y extremadamente alta—, industrial y terrenos sin construcciones.
La estructura tarifaria responde, entre otros aspectos, al valor del predio, por lo que se dividieron en rangos.
Es decir, una familia de cuatro personas que reside en la parroquia de Alpachaca no puede pagar lo mismo que una del sector de Los Ceibos o de La Quinta, debido a la diferencia en el valor de los predios.
En el caso del sector rural, agregó Villalba, además del área del predio se aplica un factor de generación más bajo, basado en la producción per cápita.
Los terrenos sin edificación no pagarán el 100% del servicio de gestión integral —que incluye barrido, recolección y disposición final—, por lo que no se cobrará el rubro correspondiente a la recolección.
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