El sujeto, quien conocía a joven por el trabajo, recibió 34 años y ocho meses de privación de libertad por la desaparición involuntaria con resultado de muerte de la joven de 21 años, cuyo cuerpo fue encontrado calcinado en la quebrada de San José Chico, nueve días después de que su familia denunció que no regresó a su domicilio.

El Tribunal de Garantías Penales de Pichincha dictó una sentencia condenatoria de 34 años y ocho meses de privación de libertad contra Jefferson Armando G., tras hallarlo culpable como autor directo del delito de desaparición involuntaria con resultado de muerte. El fallo judicial pone fin a un proceso que inició en mayo de 2025, tras el hallazgo del cuerpo calcinado de la joven Estefany Anahí Aules, de 21 años, en una quebrada de Tabacundo.
Además de la pena máxima de cárcel, el Tribunal impuso al sujeto una reparación integral de 20.000 dólares a favor de la familia de la víctima y una multa de 1.000 salarios básicos unificados a la administración de justicia. El caso fue procesado bajo el artículo 163, artículo 1 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), aplicando agravantes que elevaron la sanción al máximo permitido por la ley en el país.
La cronología de los hechos presentada por la Fiscalía Multicompetente del cantón Pedro Moncayo revela que la víctima fue reportada como desaparecida el 12 de mayo de 2025. Según las investigaciones, Jefferson Armando G., quien mantenía una relación laboral previa con la joven, la citó aquel día con el pretexto de cancelar una deuda económica pendiente. Estefany, en un acto de precaución, envió un mensaje de audio a sus allegados informando sobre el encuentro y compartió su ubicación en tiempo real.
Sin embargo, en el lugar concertado, el ahora sentenciado de 25 años la estranguló. Posteriormente, trasladó el cuerpo en su camión hasta la quebrada de San José Chico, donde lo incineró en un 90% antes de abandonarlo. El cadáver fue localizado nueve días después del reporte de desaparición.

Pruebas irrefutables y perfil del agresor
Durante la audiencia, la Fiscal del caso presentó más de 12 pruebas testimoniales y periciales que desbarataron la teoría de la defensa. Entre los testimonios clave figuró el de la entonces novia del procesado, quien relató que, el día del crimen, el hombre justificó el estado de su ropa sucia y zapatos mojados alegando que había sido contratado para cargar un tronco de pino.
Los peritajes técnicos fueron determinantes para la condena, confirmando el contacto telefónico constante entre el agresor y la víctima antes y durante el día del suceso. Los expertos forenses también determinaron que el sitio del hallazgo fue seleccionado estratégicamente para asegurar la impunidad mediante la destrucción del cuerpo por fuego.
La pericia concluyó que Estefany se encontraba en una situación de vulnerabilidad, víctima de acoso, manipulación y abuso de poder por parte del sentenciado, descartando cualquier trastorno mental o alteración de la percepción en Jefferson Armando G. Ch., confirmando que actuó con plena conciencia y voluntad.
La Naranja Ec Noticias 'fresh' del Ecuador y el Mundo