La suspensión provisional de artículos en tres leyes urgentes provocó reacciones. Los asambleístas del oficialismo cuestionaron las decisiones de la Corte, mientras otros sectores respaldaron esa decisión.

La suspensión provisional de varios artículos de las tres leyes urgentes enviadas por el Gobierno y aprobadas por la Asamblea, dictada por la Corte Constitucional, constituye una medida cautelar mientras se examinan las denuncias de inconstitucionalidad.
Hasta el momento, el organismo ha admitido a trámite cinco demandas contra las leyes de Integridad Pública, Inteligencia y Solidaridad, promulgadas recientemente.
En un comunicado, la Corte Constitucional señaló que se trata de acciones técnicas y jurídicas que precautelan el cumplimiento y la supremacía de la Constitución.
Reacciones en la Asamblea
La asambleísta de Pachakutik, Marian Yumbay, afirmó que los artículos suspendidos vulneran la norma constitucional y expresó su esperanza de que la Corte resuelva conforme a la Constitución y los instrumentos internacionales, sin dejarse intimidar.
Por su parte, Ana Herrera, de Revolución Ciudadana, señaló que ya habían advertido que las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional no cumplían con el principio de unidad de materia y no ameritaban ser calificadas como de carácter económico urgente. “Aprobar normas de manera tan expedita y sin revisarlas en profundidad termina generando estas contradicciones”, sostuvo.
Valentina Centeno, jefa del bloque ADN, manifestó que están en su derecho de cuestionar las decisiones subjetivas tomadas por la Corte Constitucional. Por ello, considera necesario respaldar la propuesta del Presidente de la República para que los jueces de dicha Corte también estén sujetos a juicios políticos.
Artículos suspendidos
El ente constitucional verificará 20 artículos y la disposición general primera del reglamento de la Ley Orgánica de Inteligencia. Entre los artículos suspendidos figuran los relacionados con gastos reservados, la intercepción de comunicaciones sin autorización judicial previa y el uso de doble identidad por parte de agentes de inteligencia.
En el caso de la Ley Orgánica de Integridad Pública, la disposición décima primera establecía un plazo para que la Junta Monetaria pudiera ordenar que ciertas cooperativas se transformen en bancos.
La Corte Constitucional presume que esta disposición podría generar un daño grave, verosímil e inminente, lo que justifica la aplicación de la medida de suspensión.
En cuanto a la Ley Orgánica de Solidaridad, se suspendieron únicamente cuatro artículos (6, 9, 13 y 14), entre ellos los que regulan el indulto presidencial anticipado, la definición de conflicto armado interno y los objetivos militares.
La suspensión del artículo sobre conflicto armado interno está relacionada con su uso como causal para declarar el Estado de Excepción.
Además, en las leyes de Inteligencia y Solidaridad existen otras demandas que han sido admitidas a trámite por la Corte.
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