El Tribunal de Garantías Penales de Imbabura sentenció a 21 años y 3 meses de prisión a tres hombres por el secuestro extorsivo de un taxista ocurrido en noviembre de 2024. Los procesados obligaron a la víctima a pedir dinero a sus familiares y luego la abandonaron en una comunidad rural.

Lenin R., Ander A. y Anderson C. fueron sentenciados por el Tribunal de Garantías Penales de Imbabura a 21 años y 3 meses de pena privativa de libertad como autores directos del delito de secuestro extorsivo, cuya víctima fue el conductor de un taxi.
Con las pruebas presentadas ante los jueces durante la audiencia de juzgamiento, el fiscal del caso expuso la existencia del delito y la responsabilidad de los procesados.
De acuerdo con la Fiscalía, Lenin R. y Ander A. tomaron la noche del 27 de noviembre de 2024 un taxi en el centro de Ibarra y pidieron ser trasladados al terminal terrestre de Otavalo. Sin embargo, luego de tomar la vía Panamericana, en una parte del trayecto solicitaron al conductor que recogiera a otro pasajero, quien fue identificado como Anderson C.
Este último, al llegar a Otavalo, sacó un revólver y obligó al conductor a pasar a la parte trasera del vehículo. Se estima que circularon durante cerca de 10 minutos, para luego trasladarse a una vivienda, a la que ingresó con el rostro cubierto con su propia camiseta.
Una vez dentro del inmueble, lo inmovilizaron de pies y manos con cinta de embalaje y posteriormente lo amarraron a una silla.
Según se conoció en la audiencia, los captores agredieron al conductor, le colocaron un calcetinen la boca y le arrojaron agua. La finalidad era obtener la clave de la banca móvil de su cuenta; sin embargo, como la víctima no la tenía, bajo amenazas de acabar con su vida lo obligaron a llamar a su esposa y a su hermana para que depositaran dinero en una cuenta bancaria.
Posteriormente, lo subieron a la parte posterior de otro vehículo, conducido por otra persona, y decidieron abandonarlo en un sector de la comunidad Pucará, en San Roque. Los procesados se llevaron el taxi y dos teléfonos celulares.
La víctima logró liberarse de las ataduras y, con ayuda de habitantes del sector, llamó a la Policía para denunciar lo ocurrido. Horas más tarde, los tres implicados fueron aprehendidos y posteriormente procesados. Finalmente, el Tribunal los declaró culpables.
Este caso se judicializó por el delito de secuestro extorsivo, tipificado en el artículo 162, inciso segundo, numerales 4 y 9, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). El Tribunal también consideró como circunstancia agravante la participación de dos o más personas en la comisión de la infracción.
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