Mediante esta acción de protección con medida cautelar busca impugnar la resolución que estableció nuevas tarifas del servicio. El accionante sostiene que la medida se aplicó sin cumplir el procedimiento legal ni los límites competenciales establecidos.

A las 11:27 de este 10 de marzo de 2026, en la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores de Ibarra, ingresó una acción de protección con medida cautelar, interpuesta por Jorge Aníbal Llanos Pizanan, en calidad de usuario de la Emapa Ibarra, por el cobro de la nueva tarifa de agua potable en el cantón.
Este proceso en materia constitucional es seguido contra Álvaro Castillo, alcalde de Ibarra; Hugo Realpe, procurador síndico del Municipio de Ibarra; y Giovani Rivadeneira, gerente de la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado de Ibarra.
Según el jurista, la empresa municipal aplicó un nuevo estudio tarifario y un plan de gradualidad para el servicio de agua potable y saneamiento. Previamente, el directorio de la empresa emitió la Resolución N.º 006-RSD/08-12-2025, del 8 de diciembre del año pasado, que establece las nuevas tarifas. Posteriormente, el gerente, mediante una resolución emitida el 13 de febrero último, decidió aplicar el nuevo estudio.
En el artículo primero de esa resolución se determina aplicar el estudio tarifario y el plan de gradualidad, conforme a lo remitido por la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA).
En el documento con el que se interpone la garantía jurisdiccional constitucional, Llanos señala que esas decisiones fueron ejecutadas por el gerente sin observar el procedimiento, los límites competenciales y los requisitos establecidos.
También menciona que la fijación de las tarifas se realizó mediante simples resoluciones administrativas. Además, sostiene que esas decisiones afectan a los usuarios del servicio al imponer obligaciones económicas sin sustento legal.
La pretensión de Llanos es que, mediante sentencia, se declare la vulneración de sus derechos constitucionales y se disponga la nulidad de la Resolución N.º 006-RSD/08-12-2025.
Adicionalmente, pide que se dispongan medidas de no repetición, como que el Municipio de Ibarra y el directorio de Emapa-I implementen procesos transparentes y legales en caso de modificación de las tarifas del agua. Es decir, que cualquier modificación tarifaria cumpla con el procedimiento establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) y en la Resolución DIR-ARCA-RG-006-2017.
Llanos también pidió al juez que, mediante sentencia, se ordene al directorio de Emapa-I adoptar medidas a favor del accionante.
A las 14:00 se puso en conocimiento de la jueza de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia y Adolescentes Infractores para el procedimiento respectivo.
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